COMUNIDAD

 La Comunidad de Madrid acaba de presentar el recurso ante el Contencioso Administrativo

En el mismo solicita a la Justicia que adopte las medidas cautelarísimas para el desalojo de la acampada ilegal en la Puerta del Sol  

Jueves 01 de octubre de 2026

Fundamentación Jurídica y de Patrimonio…

- La Abogacía General de la Comunidad de Madrid sostiene que se están excediendo los límites constitucionales y legales que delimitan el ejercicio del derecho fundamental de reunión, habiéndose producido una ocupación ilegal del espacio público. 

- Corresponde al delegado del Gobierno obligaciones regladas e imperativas en materia de prevención y vigilancia, sin margen de apreciación ni discrecionalidad en cuanto a su ejercicio, para garantizar la protección de las personas, los bienes y las instituciones.

- Un informe de la Dirección General de Patrimonio y Oficina del Español de la Comunidad de Madrid ha constatado que la acampada en la Puerta del Sol genera una evidente y manifiesta afección física y directa a dos Bienes de Interés Cultural (BIC), la Real Casa de Correos y la Escultura del Oso y el Madroño, lo que podría constituir un delito de expolio contra el patrimonio cultural, motivo por el que la Administración del Estado debería actuar de inmediato y en virtud de sus competencias.

- En el caso de la sede de la Presidencia autonómica, el escrito refleja cómo se ha podido ver a personas subiendo a su fachada, trepando por las ventanas y rejas, en elementos que no están diseñados ni construidos para soportar el peso, tirones y agarres de personas, lo que puede implicar el desgarre, la rotura y otras afecciones directas. Y en la escultura, expone el claro intento de desvirtuar un bien patrimonial que forma parte de la historia colectiva de todos los madrileños.

Relación de daños que afectan a la Puerta del Sol por la acampada ilegal…

  • Trepar y subirse a la fachada de la Real Casa de Correos, utilizando ventanas y rejas como puntos de apoyo.
  • Ejercer peso, tirones y agarres sobre elementos arquitectónicos no preparados para soportarlos, con riesgo de rotura, desgarro y otros daños.
  • Realizar pintadas y grafitisen la fachada y en otros elementos del conjunto protegido.
  • Subirse a la escultura del Oso y el Madroño, sometiendo tanto la pieza de bronce como su pedestal a un peso excesivo.
  • Colocar pegatinas en el Oso y el Madroño, que deberán ser retiradas por un restaurador utilizando los medios físicos y químicos.
  • Colocar cuerdas, banderas y otros objetos ajenos al conjunto histórico sobre la escultura y los elementos patrimoniales, alterando su imagen y la correcta percepción de sus valores patrimoniales.
  • Ocupar total de la plaza,dificultando la visión, el acceso y el disfrute del espacio protegido.
  • Impedir la inspección de determinadas zonas, por la dificultad de acceso al interior del espacio ocupado, lo que imposibilita comprobar otros posibles deterioros.